Estan sujetas a Licencias todas las obras que requieran proyecto técnico : a) Movimientos de tierra, explanaciones.
b) Obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta con excepción de las sujetas a declaración responsable.
c) Obras de ampliación, modificación, reforma, rehabilitación o demolición cuando alteren la configuración arquitectónica del edificio por tener el carácter de intervención total o, aun tratándose de intervenciones parciales, por producir una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, la envolvente global o el conjunto del sistema estructural, o cuando tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
d) Obras de todo tipo en edificaciones protegidas por sus valores culturales o paisajísticos en cuanto afecten a los elementos objeto de protección.
e) Ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.
f) Otros supuestos establecidos en el plan general por concurrir razones especiales de interés público que habrán de especificarse en la memoria.
g) Se puede solicitar voluntariamente licencia para actos no enumerados cuando lo estimen conveniente los solicitantes por razones de seguridad jurídica o de otro tipo
Siempre que se realice una obra se ha de presentar esta Declaración y depositar la fianza que corresponda. Este formulario contiene la forma de calcular el importe de la fianza.
La autoliquidación se debe practicar siempre. Es independiente que las obras estén sujetas a licencia urbanística, declaración responsable o comunicación. Deberá adjuntarse con el justificante de pago en la presentación del documento correspondiente.