Obras sujetas a Declaración Responsable:
a) Obras de edificación de nueva planta de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.
b) Obras de ampliación, modificación, reforma, rehabilitación o demolición sobre los edificios existentes que no produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, la envolvente global o el conjunto del sistema estructural, ni tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
c) Renovación de instalaciones en las construcciones.
d) Instalaciones de aprovechamiento de energía solar mediante paneles fotovoltaícos destinadas a autoconsumo sobre cubierta y edificaciones y pérgolas de aparcamientos de vehículos, cuando las instalaciones no superen un metro y medio de altura desde el plano de la cubierta, o, en el caso de cubierta inclinada, cuando los paneles se coloquen pegados a la cubierta en paralelo o no superando el metro de altura, excepto en edificios protegidos por razones patrimoniales u otras que requieran informes sectoriales específicos.
e) Instalaciones de producción de energía proveniente de la energía solar sobre las pérgolas de los aparcamientos de vehículos y en los espacios libres privados no susceptibles de ocupación de las parcelas.
f) Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en edificios de uso colectivo.
Siempre que se realice una obra se ha de presentar esta Declaración y depositar la fianza que corresponda. Este formulario contiene la forma de calcular el importe de la fianza.
La autoliquidación se debe practicar siempre. Es independiente que las obras estén sujetas a licencia urbanística, declaración responsable o comunicación. Deberá adjuntarse con el justificante de pago en la presentación del documento correspondiente.